Si tienes una cuenta bancaria compartida con tu hijo, tienes un grave problema con Hacienda

Un número creciente de ciudadanos en nuestro país, de un tiempo a esta parte, tomaron la determinación de compartir a alguna de sus cuentas bancarias con sus hijos al cargo. De esta manera, los menores tienen a ese dinero y los padres, de un modo u otro, los controlan.
Asimismo, en multitud de ocasiones se utilizan estas cuentas compartidas con nuestros hijos para ir acumulando unos ahorros que sean de utilidad en el futuro de estos. Esta es una práctica bastante habitual desde hace años y que seguro que muchos de vosotros lleváis a cabo. Pues bien, os contamos todo esto porque ahora parece que la Agencia Tributaria está tomando cartas en el asunto y parece que no está muy de acuerdo con la utilidad de estas cuentas compartidas con los hijos.
Os contamos todo esto porque a partir de ahora el fisco podría multarnos con importantes sanciones por estos movimientos que os comentamos. Lo que debemos tener muy claro es que compartir cuenta con nuestros hijos no es algo ilegal, al menos en un principio. Sin embargo, ahora Hacienda considera que todo ello puede ocultar ciertos indicios de delito o donaciones fraudulentas asociadas.
Básicamente, sí es todo ello significa que a partir de ese instante, si disponemos de alguna cuenta bancaria compartida con nuestros hijos, podemos estar en un serio problema. Desde el punto de vista de la Hacienda española, esta fórmula puede derivar en problemas fiscales, todo ello en el caso de que el uso de esos fondos no se formalice de forma adecuada.
De hecho, podemos afirmar que todas las alarmas se encienden cuando sucede esto que os contamos con dicha cuenta.
Hacienda te vigila si compartes cuenta bancaria con tu hijo
Os podemos confirmar que la Agencia Tributaria comienza con la vigilancia de estos elementos bancarios, si el menor realiza más gastos que los progenitores. En ese momento empiezan las sospechas de que se trata de una cuenta abierta para llevar a cabo donaciones fraudulentas, lo que no está permitido. Todo ello se podría considerar como una infracción tributaria, por lo que a partir de ese instante empiezan los problemas para el contribuyente.
Y es que el fisco podría abrir un expediente sancionador en el caso de que detecte que un ciudadano ha incrementado su patrimonio a costa de otra de forma ilícita en base a la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Al mismo tiempo, debemos tener en cuenta el uso libre del dinero compartido sin respaldo documental, nos puede acarrear consecuencias económicas importantes en forma de multas y sanciones. Pero con todo y con ello, en el caso de que nos encontremos ante una situación de este tipo, tenemos al alcance de la mano una solución sencilla.

Lo mejor que podemos hacer en este supuesto es regularizar la situación presentando el modelo 651 de donaciones. Esto es algo que debemos realizar en la comunidad autónoma correspondiente en la que estemos empadronados. De este modo, lo que logramos es evitar el riesgo de una inspección por parte de la Agencia Tributaria que finalmente acabe en algún tipo de sanción.